La SCJN desestima el proyecto del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, que impugnaba la constitucionalidad de la Reforma Judicial
El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desestimo el proyecto del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, el cual buscaba invalidar partes de la Reforma Judicial.
El proyecto no alcanzo la mayoría calificada de ocho votos para determinar la invalidez parcial de esa modificación constitucional.
Tras cinco horas de sesión, en la que se discutió, únicamente se aprobaron los apartados de legitimación y procedencia, la ministra Norma Piña declaró un receso tras la postura del ministro Pérez Dayán de mantener su voto en contra para analizar el fondo del asunto.
Ante la negativa de aplicar la reforma judicial con la conformación actual de la Corte de 11 ministros, se llegó al acuerdo de mantener una mayoría calificada de ocho votos.
El ministro Pérez Dayán aseguró que la acción de inconstitucionalidad no es la vía idónea para impugnar reformas a la Constitución.
Esto último también fue un tema que destacó el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, pues apuntó que son incorrectos los argumentos que dicen que la reforma judicial fue un mandato obtenido en las elecciones del pasado dos de junio y destacó que en México el voto popular no se traduce en la representación legislativa debido a las reglas de subrepresentación y sobrerrepresentación.
El ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, apuntó que son incorrectos los argumentos que dicen que la reforma judicial fue un mandato obtenido en las elecciones del pasado dos de junio y destacó que en México el voto popular no se traduce en la representación legislativa debido a las reglas de subrepresentación y sobrerrepresentación.
«Hay que reconocer que hay cambios constitucionales que son más que una sola reforma», añadió el Ortiz Mena y señaló que está en juego la confirmación completa de un poder del Estado, tanto a nivel federal como local.
La ministra Batres Guadarrama afirmó que la reforma judicial se produjo luego de que la Corte invalidara diversas leyes por vicios en el procedimiento legislativo y que juzgadores federales otorgaron amparos y suspensiones con fines políticos.
Más tarde, desestimó que la Constitución contenga «cláusulas pétreas», como propuso el ministro González Alcántara, por lo que no hay supuesta inmortalidad o inamovilidad de artículos del texto constitucional.
El ministro Jorge Pardo Rebolledo expresó dos ideas: las reformas constitucionales se pueden impugnar si no se cumplió con el procedimiento de reforma y el poder reformador de la Constitución no es el poder soberano del pueblo, por lo que no puede actuar sin límites, y señaló que el contexto actual permite que se analice la constitucionalidad de la reforma judicial.
La ministra presidenta Piña Hernández argumentó también que el poder reformador no tiene un poder ilimitado a pesar de que represente «un amplio consenso popular», ya que ningún órgano está por encima de la propia Constitución.
Comentó que el debate de esta reforma se da porque no hay claridad de los límites del poder reformador en el propio texto constitucional y afirmó que es «inaceptable que una Constitución democrática permita que un conjunto de órganos se sirvan de mecanismos democráticos para destruir a la propia democracia».
El jueves continuará el análisis del proyecto que busca invalidar la elección de jueces y magistrados federales, la figura de los jueces sin rostro, la prohibición de los amparos con efectos generales y la reducción salarial de funcionarios en activo.
También propuso mantener la elección de ministros y magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, la creación del Tribunal de Disciplina Judicial y extinción de los fideicomisos judiciales.
La SCJN hizo público desde el 28 de octubre el proyecto del ministro González Alcántara que resuelve las acciones de inconstitucionalidad presentadas por los partidos políticos PAN, PRI y Movimiento Ciudadano, Unión Democrática, así como la minoría legislativa del congreso de Zacatecas.
En la propuesta se plantea invalidar partes de la reforma judicial, como la figura de los jueces sin rostro, la supresión de los amparos con efectos generales y la elección por voto popular de jueces y magistrados federales y juzgadores locales; pero mantener la elección de ministros y la transformación del Consejo de la Judicatura Federal en un Tribunal de Disciplina Judicial.