Multas y sanciones para el 2022 por el SAT

Para 2022, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) reforzará la fiscalización, el combate a la defraudación y diversos ilícitos por medio de multas y sanciones más severas y hasta la pena de cárcel.
Juan José Aguiñaga Servín, socio del Despacho Aguiñaga y Asociados, advirtió que si una factura (certificado fiscal digital o CFDI) se cancela fuera de plazo dará lugar a una multa de 5 al 10 por ciento del monto de cada factura enviada.
Precisó que los CFDI solo podrán cancelarse en el ejercicio en el que se expidan, siempre y cuando el cliente acepte su cancelación.Agregó que si el Proveedor Autorizado de Certificación (PAC) incumple con las validaciones de los CFDI, se impondrá una multa de 10 a 20 pesos por cada CFDI.
El contribuyente que expida una factura sin los complementos correspondientes será sancionado de 400 a 600 pesos por cada CFDI.
Asimismo, se reduce de 5 mil a mil pesos el monto de la factura que se puede cancelar sin aceptación del cliente.Se reformó el artículo 69 del Código Fiscal de la Federación (CFF) para señalar que serán publicados en la lista gris o de incumplidos a los contribuyentes que no hayan subsanado en tiempo y forma las irregularidades que motivaron la cancelación temporal del CFDI.
A quien emita facturas falsas o preste facturas a otra empresa que fue sancionado por el SAT con la restricción de su CFDI, será multado con un 55 a un 75 por ciento del importe de cada factura. Dicha multa se aplicará a las operaciones inexistentes o simuladas.
Para las personas mayores de 18 años que tengan una actividad económica y el SAT detecta que no están inscritos en el RFC, la multa será de entre 3 mil 870 hasta los 11 mil 600 pesos.Tratándose de las sociedades integradoras e integradas que apliquen el régimen opcional para grupos de sociedades a que se refiere el Capítulo VI del Título II de la Ley del Impuesto sobre la Renta, que declaren pérdidas fiscales mayores a las realmente sufridas, la multa será del 60 al 80 por ciento de la diferencia que resulte entre la pérdida declarada y la que realmente corresponda, independientemente de que la sociedad de que se trate la hubiere disminuido total o parcialmente de su utilidad fiscal.
Juan José Aguinaga añadió que los funcionarios del SAT también podrían ser sancionados con una multa de 132 mil 790 pesos a 177 mil 50 pesos, en caso de que no notifiquen al contribuyente, que ha sido catalogado por el SAT como EFO en definitiva.
En el caso de la carta porte, si en una verificación de la autoridad no se exhibe un documento impreso o digital del CFDI con complemento que acredite el traslado el traslado de bienes y mercancías en el país, la multa será de 760 a 14 mil 710 pesos.La multa por no enviar a los clientes los CFDI o enviarlos sin cumplir con todos los requisitos será de 17 mil 20 pesos a 93 mil 330 pesos.